La Constitución Colombiana busca amparar y asegurar los derechos fundamentales a la población,  por ello normó la salud mediante la Ley 100 del 93, esta ley clasifica los regímenes de aseguramiento en: regímenes de Ley 100 y regímenes de excepción. De acuerdo con la Ley 647 del 28 de febrero de 2001, que modificó el inciso tercero del artículo 57 de la Ley 30 de 1992, autorizó a las universidades estatales u oficiales a organizar su propio sistema de seguridad social en salud y determinó las reglas básicas de funcionamiento, creando los regímenes autónomos o Sistemas Universitarios de Seguridad Social en Salud, como lo es el Fondo de Seguridad Social en Salud de la Universidad de Nariño.

De acuerdo con lo anterior el fondo normó su plan de beneficios mediante acuerdo del Consejo Superior No. 087 del 2 de diciembre de 2002.

El Fondo de Seguridad Social en Salud en cumplimiento con las disposiciones legales ha organizado una IPS propia de primer nivel que cuenta con atención de medicina y odontología general, todos los servicios de apoyo diagnóstico, terapéutico, hospitalario y especializado se maneja mediante convenios de adscripción con los diferentes proveedores.

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