Con el fin de garantizar el acceso efectivo y oportuno a los servicios de salud incluidos en el Plan de Beneficios, el Fondo de Seguridad Social en Salud dispone de procedimientos definidos para la solicitud, autorización y continuidad de la atención de sus afiliados, de acuerdo con el nivel de complejidad requerido.

El acceso a los servicios de salud se realiza inicialmente a través de los centros de salud y hospitales de primer nivel de atención del municipio de residencia. A partir de esta valoración inicial, será el médico general o el odontólogo quien determine la necesidad de remisión a otros servicios o a un especialista, conforme a la condición de salud del usuario.

Atención en salud de baja complejidad

Para los servicios de baja complejidad, se tienen en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • Para solicitar cita médica general, odontológica, atención de urgencias o consulta prioritaria en la IPS asignada, no se requiere autorización previa. El usuario debe presentar únicamente su documento de identidad vigente.
  • Para el reclamo de medicamentos, el usuario debe presentar en la farmacia adscrita a la red prestadora, la fórmula médica original y su documento de identidad.
  • En caso de que el usuario acceda al servicio de urgencias y requiera remisión a un nivel de mayor complejidad, el trámite correspondiente se realizará de manera interinstitucional entre la IPS y el Fondo de Seguridad Social en Salud, sin necesidad de gestión adicional por parte del usuario.

Atención en salud de mediana y alta complejidad

Para el acceso a servicios de mediana y alta complejidad, se establecen las siguientes orientaciones:

  • El Fondo de Seguridad Social en Salud cuenta con una oficina ubicada en la ciudad de Pasto, desde la cual se gestiona de manera oportuna el acceso a los servicios de salud especializados.
  • Para el acceso a consultas médicas especializadas u otras tecnologías en salud, el usuario debe ser previamente valorado y remitido por el médico general.
  • Para solicitar la autorización de servicios especializados, el usuario debe presentar en la oficina de referencia y contrarreferencia los siguientes documentos:
    • Dos (2) copias de la historia clínica.
    • Orden médica.
    • Anexo No. 1 debidamente diligenciado.
  • En el caso de usuarios que residan en otros departamentos, el trámite de autorización se realizará a través del correo electrónico institucional dispuesto para tal fin.

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